viernes, 3 de julio de 2015

Propiedad intelectual en una sociedad consumista

Obtenido de: http://bit.ly/1FjrpxN
"Hombre justo y honrado es aquel que mide sus derechos con la regla de sus deberes"

Lacordaire, Herni Dominique








INTRODUCCIÓN
En este mundo de la tecnología y digital, somos muchos usuarios que tenemos facilidad de adquirir información, ya sea lecturas, fotos, vídeos; pero muchos nos sabemos hasta donde  están los límites de esta accesibilidad y facilidad.

¿QUÉ ES PROPIEDAD INTELECTUAL?
Obtenido de: http://bit.ly/1PziUdo

Definición de propiedad intelectual

Toda invención proveniente de la mente humana; teniendo, así, derechos que ampara al autor y su respectiva creación.
Categorías
  • Propiedad Industrial: Protege una serie de creaciones que son estéticas y determinan las imágenes de un o varios productos industriales.
  • Derecho de Autor: Aplicadas a las creaciones en el ámbito artístico y tecnología; además, marcas, esquemas de circuitos, nombres comerciales e indicaciones geográficas. Todo esto, para la protección de su autor con la competencia desleal.
Los derechos de autor 
    Obtenida de: http://bit.ly/1GoNH57
  • D. reproducción y distribución: Impiden que terceros ejecuten copias de su obra sin una previa autorización. Controla la reproducción, autoriza el alquiler y controla la importación.
  • D. de interpretación, ejecución, radiodifusión, comunicación en el ámbito público: Autorizar la interpretación o ejecución de forma directa en una determinada obra.
  • D. traducción de traducción y adaptación: Autoriza la renovación de una obra en otro idioma en relación al original.
  • D. morales: Conservación permanente e intangible al derecho de paternidad e integridad.
Dominio público
Es en nombre dado al conjunto de los obras que no están protegidos por la legislación de los Derechos de autor y en cuyo caso, cualquier persona puede acceder a esta.
Derechos morales
  • Derecho a la divulgación: Dar a conocer la obra.
  • Derecho de paternidad: Reconocimiento del autor.
  • Derecho a la integridad: Oponerse a la modificación de lo creado.
  • Derecho a la modificación o variación.
  • Derecho de retiro de la obra de la comercialización.
  • Derecho al acceso: Poder pedir un ejemplar.
  • Resguardo patrimonial.
  • La reproducción de la obra por cualquier forma o procedimiento.
  • La comunicación al público de la obra por cualquier medio la distribución al público de la obra.
  • Transformación: La traducción, adaptación, arreglo u otra transformación de la obra.
  • Distribución: La importancia del territorio nacional de copia de la obra hechas sin autorización del titular del del derecho.Derechos patrimoniales: Se menciona en las Leyes de Derecho de autor del Perú:
- Derecho de explotar la obra y obtener beneficios.
- Autorizar o prohibir:
OMPI: Se precisa a la OMPI como un organismo que fomenta la protección de la propiedad intelectual en todo el mundo mediante la cooperación entre países.
Vídeo de complementación:
Propiedad intelectual
Obtenido de: https://www.youtube.com/watch?v=vx7mqCB2l8U


EL RINCÓN DE LA REFLEXIÓN
Este tema me ha interesado mucho, puesto que actualmente la piratería en diversos ámbitos ha crecido de forma abrupta con la llegada de algunos productos tecnológicos. Por ello, es conveniente educar a los nuevas generaciones para formar ciudadanos que respeten las creaciones de los demás.

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